Norma Internacional de Contabilidad 8
Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores
Resumen Ejecutivo
Definiciones: según el párrafo nº5:
- Políticas contables son los principios, bases, acuerdos reglas y procedimientos específicos adoptados por la entidad en la elaboración y presentación de sus estados financieros.
- Un cambio en una estimación contable es un ajuste en el importe en libros de un activo o de un pasivo, o en el importe del consumo periódico de un activo, que se produce tras la evaluación de la situación actual del elemento, así como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de nueva información o nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores.
- Errores de periodos anteriores son las omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una entidad, para uno o más periodos anteriores, resultantes de un fallo al emplear o de un error al utilizar información fiable.
- Política Contable: la selección de una política contable se realizar aplicando una norma o interpretación que sea específicamente aplicable. La gerencia deberá utilizar su juicio en el desarrollo y aplicación de una política contable que resulte en información relevante y fiable refiriéndose a:
- Normas e interpretaciones que traten temas similares y relacionados
- Definiciones en el marco conceptual
- Pronunciamientos de otros emisores de normas, otra literatura contable y prácticas aceptables de la industria.
Es importante destacar el carácter de uniforme, ya que la entidad seleccionará y aplicará sus políticas contables de manera uniforme para transacciones similares. Esto figura en el párrafo nº 13.
Se realizará un cambio en una política contable solo si es requerido por una norma o interpretación o lleva a que los estados financieros suministren información más fiable y relevante.
Cuando realizamos un cambio en una política contable debo definir si:
- Es en función de una aplicación de una norma o interpretación, en estos casos existen disposiciones transitorias específicas y en caso de no existir debo aplicar el cambio retroactivo.
- Cambio voluntario de política contable (aquí debo aplicar el cambio retroactivo).
Todo lo anterior figura en el párrafo 19.
Cuando la aplicación es impracticable debo al menos establece el efecto acumulado al principio del período corriente llendo para atrás todo lo que pueda párrafo 25.
En cuanto a las revelaciones si el cambio de la política contable es por primera vez en función de la interpretación de una norma o interpretación se deberá revelar (párrafo 28):
- si el cambio se ha efectuado de acuerdo con su disposición transitoria;
- para el período corriente y para cada período anterior presentado, el importe del ajuste;
- el importe del ajuste relativo a períodos anteriores, en la medida que sea practicable;
- si la aplicación retroactiva es requerida pero impracticable, las circunstancias y descripción.
Cuando el cambio es voluntario la información a revelar será (párrafo 29):
- naturaleza del cambio;
- razones por las cuales el cambio suministra información más fiable y relevante;
- para el período corriente y para cada período anterior presentado, el importe del ajuste;
- el importe del ajuste relativo a períodos anteriores, en la medida que sea practicable;
- si la aplicación retroactiva es requerida pero impracticable, las circunstancias y descripción.
- Cambio es las estimaciones contables son prospectivos a diferencia de los cambios en políticas contables que son retroactivos. Algunos ejemplos son la vida útil de activos depreciables, valor razonable de los activos o pasivos financieros, obsolescencia de inventarios.
El uso de estimaciones razonables es una parte esencial de la elaboración de los estados financieros.
Cuando sea difícil distinguir entre un cambio en una política contable y un cambio en una estimación contable, el cambio se tratará como si fuera un cambio en una estimación contable.
El efecto de un cambio en una estimación contable se reconocerá de forma prospectiva, incluyéndolo en el resultado del:
- período en que tiene lugar el cambio, si éste afecta un solo período (cambio en estimación de cuentas de dudoso cobro);
- período en que tiene lugar el cambio y los futuros, si afectase a varios períodos (cambio en vida útil de activo depreciable). Esto figura en el párrafo 36.
En cuanto a las revelaciones:
- Naturaleza e importe del cambio en una estimación contable que haya producido efectos en el período corriente o se espere que los produzca en el futuro. Párrafo 39.
- Si la estimación del monto del efecto sobre períodos futuros es impracticable se revelará el hecho. Párrafo 40.
- Es importante tener presente el concepto de materialidad definido en párrafo nº 5:
Materialidad (o importancia relativa). Las omisiones o inexactitudes de partidas son materiales o tienen importancia relativa si pueden, individualmente o en su conjunto, influir en las decisiones económicas tomadas por los usuarios sobre la base de los estados financieros. La materialidad (o importancia relativa) depende de la magnitud y la naturaleza de la omisión o inexactitud, enjuiciada en función de las circunstancias particulares en que se hayan producido. La magnitud o la naturaleza de la partida, o una combinación de ambas, podría ser el factor determinante.
Se corregirán los errores materiales de períodos anteriores, de forma retroactiva, en los primeros estados contables formulados después de haberlos descubierto:
- reexpresando la información comparativa para el período anterior en el que se originó el error; o
- si el error ocurrió con anterioridad al período más antiguo para el que se presenta información, reexpresando los saldos iniciales para dicho período.
La corrección de un error es retroactiva salvo que sea impracticable.
Cuando sea impracticable determinar los efectos que se derivan, en cada periodo específico, de un error sobre la información comparativa de uno o más periodos anteriores para los que se presente información, la entidad reexpresará los saldos iniciales de los activos, pasivos y patrimonio para los periodos más antiguos en los cuales tal reexpresión retroactiva sea practicable (que podría también ser el propio periodo corriente). Esto figura en el párrafo 44.
Cuando sea impracticable determinar el efecto acumulado, al principio del periodo corriente, de un error sobre todos los periodos anteriores, la entidad reexpresará la información comparativa corrigiendo el error de forma prospectiva, desde la fecha más remota en que sea posible hacerlo. Esto figura en el párrafo 45.
La información a revelar para los errores será:
- Naturaleza del error del período anterior;
- Para cada período anterior presentado, el importe del ajuste;
- El importe del ajuste al principio del período anterior más antiguo sobre el que se presente información;
- Si fuera impracticable la reexpresión retroactiva, las circunstancias y una descripción de cómo y desde cuándo se ha corregido el error.
