NIIF 10
Estados Financieros Consolidados
Resumen Ejecutivo
El objetivo de esta NIIF es establecer los principio para la presentación y preparación de estados financieros consolidados cuando una entidad controla una o más entidades distintas.
Una controladora no necesita presentar estados financieros consolidados cuando se cumplen las siguientes condiciones:
- Es una subsidiaria total o parcialmente participada por otra entidad y todos sus otros propietarios, incluyendo los titulares de acciones sin derecho a voto, han sido informados de que la controladora no presentará estados financieros consolidados y no han manifestado objeciones a ello;
- Sus instrumentos de deuda o de patrimonio no se negocian en un mercado público (ya sea una bolsa de valores nacional o extranjera, o un mercado no organizado, incluyendo mercados locales o regionales);
- No registra sus estados financieros, ni está en proceso de hacerlo, en una comisión de valores u otra organización reguladora, con el propósito de emitir algún tipo de instrumentos en un mercado público; y
- Su controladora final, o alguna de las controladoras intermedias, elabora estados financieros consolidados que se encuentran disponibles para uso público y cumplen con las NIIF, en los cuales las subsidiarias se consolidan o miden a valor razonable con cambios en resultados de acuerdo con esta NIIF.
Definición de control:
Es muy importante definir quien tiene el control a los efectos de esta NIIF ya que en definitiva va a ser quien consolide. Esta NIIF esta directamente relacionada con la NIIF 3.
Un inversor, independientemente de la naturaleza de su implicación en una entidad (la participada), determinará si es una controladora mediante la evaluación de su control sobre la participada.
Un inversor controla una participada si, y solo si, éste reúne todos los siguientes elementos:
- Poder sobre la participada: un inversor tiene poder sobre una participada cuando éste posee derechos que le otorgan la capacidad presente de dirigir las actividades relevantes, es decir, las actividades que afectan de forma significativa a los rendimientos de la participada.
- Exposición, o derecho, a rendimientos variables procedentes de su implicación en la participada: un inversor está expuesto, o tiene derecho, a rendimientos variables procedentes de su implicación en la participada cuando los rendimientos del inversor procedentes de dicha implicación tienen el potencial de variar como consecuencia del rendimiento de la participada. Los rendimientos del inversor pueden solo ser positivos, solo negativos o ambos, positivos y negativos.
- Capacidad de utilizar su poder sobre la participada para influir en el importe de los rendimientos del inversor: un inversor controla una participada si el inversor no tiene solo poder sobre la participada y exposición o derecho a rendimientos variables procedentes de su implicación en la participada, sino que también tiene la capacidad de utilizar su poder para influir en el rendimiento del inversor como consecuencia de dicha implicación en la participada.
Requerimientos de Contabilización
Como requerimiento primario la controladora debe presentar las participaciones no controladoras, dentro del patrimonio, en forma separada del patromonio de los propietarios de la controladora. En los párrafos B 94 a B 96 se establecen guías para la contabilización de las participaciones no controladoras en los estados financieros consolidos.
También es importaten destacar que una entidad atribuirá el resultaod del período y cada componente de otro resultado integral a los propietarios de la controladora y a las participaciones no controladoras
Generalidades del proceso de consolidación
En los EEFFC de la controladora deben quedar en cero todos los componentes del rubro Inversión en subsidiarias, y solo mantiene su saldo el rubro Plusvalía. También debe quedar en cero el rubro Resultado por Inversión. Es necesario:
- Aplicar métodos contables similares a todas las subsidiarias
- Traducir a la moneda de presentación
- Eliminar la inversión contra patrimonio
- Eliminar las transacciones intragrupo
- Distribuir entre la controladora y las participaciones no controladoras
- Las diferencias en las fechas de cierre no puede exceder de 3 meses – los eventos significativos deben ser ajustados
Generalidades de la Participación no Conroladora (PNC):
- En el Estado de Situación Financiera: la participación no controladora se presenta en el patrimonio pero separada del patrimonio de la
- En el Estado Pérdidas – Ganancias y Otros Resultados Integrales: el resultado y el resultado integral total para el período se distribuyen a la controladora y la participación no controladora
Pasos del proceso de consolidación
Paso 1: Agregación de EEFF:
Se suman línea a línea los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, gastos y otros resultados integrales de la controladora (en adelante “Madre”) y subsidiaria/s (en adelante “Hija/s”), considerando rubros de misma naturaleza
Paso 2: Eliminación de la inversión en Hija/s:
El saldo del rubro Inversión (VPP) en la Madre se elimina contra el total del patrimonio de la/s Hija/s y por diferencia (si corresponde) surge la PNC.
Paso 3: Eliminación de transacciones intragrupo (entre Madre e Hija/s):
- Prestación de servicios: se elimina el activo y pasivo y los resultados generados si están expuestos en líneas distintas de los ER.
- Venta de bienes: se ajustan las utilidades no trascendidas, por la parte que no fue revendida a terceros aún.
- Préstamos y otros saldos diferentes de los casos anteriores: se elimina el activo y el pasivo y los resultados generados si están expuestos en líneas distintas de los ER (ej.: intereses ganados y perdidos).
